Paso 1 · Reúne tu ficha clínica y documentación

Todo parte por la prueba documental. Solicita tu ficha clínica (tienes derecho a ella), junto con exámenes, informes, recetas, epicrisis y cualquier registro de la atención. Si te niegan la ficha, hay vías para exigirla. Cuanto más completo el respaldo, más sólida será la evaluación posterior.

Paso 2 · Evalúa la viabilidad con un abogado y un perito médico

No todo mal resultado médico es negligencia. Un abogado especializado, apoyado por un perito médico, analiza si la atención se apartó de la lex artis (lo que correspondía hacer), si hay un daño concreto y si existe relación de causa-efecto entre ambos. Esta evaluación define si el caso vale la pena y con qué estrategia.

Paso 3 · Mediación obligatoria

Antes de demandar, la ley exige una mediación previa (Ley 19.966): ante el CDE si fue en lo público, o ante la Superintendencia de Salud si fue en lo privado. Es una instancia para buscar un acuerdo sin juicio, dura cerca de 60 días y, muy importante, suspende el plazo de prescripción mientras transcurre.

Paso 4 · La demanda

Si la mediación termina sin acuerdo, el mediador emite un acta de mediación frustrada. Con ella, tu abogado interpone la demanda ante el tribunal civil competente, detallando los hechos, el daño y la indemnización que se reclama.

Paso 5 · Prueba pericial y sentencia

En el juicio se rinde la prueba, y la pericial médica suele ser la más decisiva: es la que demuestra técnicamente la falla en la atención y su vínculo con el daño. Finalmente, el tribunal dicta sentencia y, si acoge la demanda, fija la indemnización.

Recuerda el reloj: tienes en general 4 años (hasta 5 en clínicas privadas) desde el daño para reclamar, y la mediación suspende ese plazo. No conviene dejar pasar el tiempo.